ME-O fue absuelto en el caso OAS: Ex asesor Cristián Warner fue condenado por delitos tributarios

El fundador del PRO era acusado por rendir ante el Servel gastos electorales irregulares ocurridos durante la campaña presidencial de 2013. La fiscal Ximena Chong manifestó estar tranquila con la decisión del tribunal.

ME-O fue absuelto en el caso OAS: Ex asesor Cristián Warner fue condenado por delitos tributarios

El fundador del PRO era acusado por rendir ante el Servel gastos electorales irregulares ocurridos durante la campaña presidencial de 2013. La fiscal Ximena Chong manifestó estar tranquila con la decisión del tribunal.

Este miércoles, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santiago absolvió a Marco Enríquez-Ominami como autor de fraude de subvenciones en el denominado caso OAS.

El fundador del Partido Progresista (PRO) era acusado por la Fiscalía por rendir ante el Servicio Electoral (Servel) gastos electorales irregulares ocurridos durante la campaña presidencial de 2013.

El tribunal sí dictó un veredicto condenatorio contra el ex asesor de Enríquez-Ominami Cristián Warner como autor de delitos tributarios.

La lectura de sentencia contra Warner se hará el próximo lunes 20 de septiembre a las 15:00 horas.

Fiscalía: "Estamos tranquilos con la decisión"

Tras el veredicto, la fiscal Ximena Chong dijo que "evidentemente no es una resolución que nos satisfaga en su integridad". Sin embargo, agregó, "nosotros queremos resaltar el hecho de que se condenó a Cristián Warner Villagrán por delitos tributarios. Esto era una pieza relevante de la investigación llevada a adelante donde se logró establecer que él efectivamente facilitó, como indicó el tribunal, facturas falsas a OAS Chile, recibiendo en consecuencia dineros que carecen de causas".

"Además, quedamos muy conformes con el hecho de que el tribunal descartó ciertas hipótesis que habían sido puestas sobre la mesa del debate por parte de la defensa del acusado Enríquez-Ominami. Entre esos antecedentes, el tribunal señala que no existió sesgo alguno en la persecución, en la investigación realizada por la Fiscalía y también señaló que el candidato es el responsable de la rendición de la cuenta electoral", continuó.

Chong también expresó que, como persecutores, "nosotros estamos tranquilos con la decisión, creemos que el tribunal nos entregó todas las facilidades además para haber producido la prueba rendida y tenemos que conocer cuál fue la reflexión del tribunal sobre la prueba rendida que en definitiva lo lleva a esa conclusión".

Finalmente, la representante del Ministerio Público se refirió a los comentados derechos políticos de Enríquez-Ominami, en el contexto de la reciente inscripción de su candidatura presidencial. La fiscal dijo que "el artículo 16 de la Constitución establece que de toda persona respecto de quién se emite una acusación por un delito que amerite pena aflictiva, se suspenden los derechos políticos. Esta suspensión fue reclamada ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Constitucional ordenó que los derechos políticos del señor Warner Villagrán, del señor Enríquez-Ominami y de otras seis personas acusadas en la causa SQM fueran restituidos".

"Por lo tanto, incluso si se hubiese dictado una sentencia condenatoria, aquello no tenía implicancia ahora", precisó. "Distinto son las penas accesorias que se puedan establecer, pero eso es ya cuando se dicta una sentencia condenatoria y que, en este caso, efectivamente, no ocurrió", concluyó.

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